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Aragón_ Instrucción sanciones uso mascarilla

  • INSTRUCCIÓN de 17 de septiembre de 2020, de la Consejera de Sanidad, por la que se dictan criterios a los órganos del Departamento de Sanidad en relación con los expedientes sancionadores incoados como consecuencia de la necesidad de hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19

En la infracción de la obligación de utilizar mascarilla,  se propondrá sanción, como regla general, en cuantía mínima de 300 euros.

Cuando la infracción se cometa en espacios cubiertos o cerrados o con infracción de las reglas de aforo del establecimiento o actividad de que se trate, en grupos de diez o más personas, la sanción se propondrá, en atención al riesgo creado para la salud de las personas, en cuantía mínima de 600 euros.

El incumplimiento del régimen de aforos se considerará infracción grave, cuando se incumpla, además, el régimen de horarios de apertura o se constate el incumplimiento de utilizar mascarilla por parte de las personas presentes en el establecimiento o actividad de que se trate o los empleados del mismo. Consecuentemente, la sanción, sin perjuicio de la aplicación de los criterios de graduación de sanciones conforme a las circunstancias concurrentes, se propondrá en cuantía mínima de 3.001 euros.

En la infracción de la prohibición de consumo de alcohol y otras bebidas en la vía pública y de tabaco y asimilados,  se propondrá sanción, como regla general, en cuantía mínima de 300 euros.

Cuando la infracción se cometa en grupos de diez o más personas o compartiendo recipientes de bebida, la sanción se propondrá, en atención al riesgo creado para la salud de las personas, en cuantía mínima de 600 euros.

(Fuente MAS PREVENCION)