https://www.dropbox.com/s/innlzpvfkr3txln/CAMPA%C3%91A_NTOO46_INSPECCION_TRABAJO.pdf?dl=0
https://www.dropbox.com/s/duj1rnsv9ku84lu/ANALISIS%20JUR%C3%8DDICO%20CRITERIOS%20INSPECCION.pdf?dl=0
La Inspección de Trabajo viene interpretando que existe la obligación del registro de jornada deetallado de todos los trabajadores de las empresas, de acuerdo con lo establecido en el art. 35.5. del E.T. La próxima campaña inspectora va orientada a comprobar y exigir su cumplimiento. En los enlaces adjuntos están las instrucciones detalladas.