Esta ayuda la van a poder aplicar familias numerosas, o con hijos, o padres a su cargo con discapacidad.
¿Qué cantidades podré deducir por familia?
- 1.200 € por cada hijo o ascendiente con discapacidad, o en caso de familia numerosa.
- 2.400 € si se trata de una familia numerosa de categoría especial.
Estas ayudas, distribuidas mensualmente, serán de 100 €/mes en el primer caso, y de 200 €/mes las de categoría especial.
Se aplicará de la misma manera que la deducción de madres trabajadoras con hijos menores de 3 años, que asciende a 100 €/mes. Hemos confirmado con el servicio de atención de AEAT que la nueva ayuda para las familias numerosas será compatible con la deducción de las madres trabajadoras.
Estas cantidades se podrán solicitar desde enero para su abono anticipado mes a mes. Las cuantías adelantadas se regularizará en la declaración de la renta 2015. El cálculo será proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
– Que el núcleo familiar cumpla las condiciones para ser considerado en alguno de los grupos.
– Disponer del título de familia numerosa o de discapacidad, en su caso.
– Estar trabajando, es decir, cotizando a la Seguridad Social.
– Cotizar por una cantidad superior a 1.200 €, ya que si no se llega a esa cuantía no se podrá cobrar la ayuda.
¿Cómo puedo solicitar la nueva ayuda mensual a las familias?
1. Online:
Desde el día 7 de enero de 2015, en la página de la Agencia Tributaria.
Tendrás que presentar el modelo oficial de forma electrónica, para ello necesitarás hacerlo a través de los sistemas cl@ve o PIN24h.
2. Por teléfono:
A través del teléfono 901 200 345, a partir de la misma fecha.
3. De forma presencial:
A partir del día 3 de febrero, en las oficinas de AEAT.
Deberás aportar el NIF de todos los solicitantes, tanto de la persona que lo tramita, como de las personas a su cargo.
Si alguno de los menores no tiene DNI, lo podrás solicitar añadiendo la letra “K” (que se refiere a menores) de AEAT. También deberán estar dados de alta en la Seguridad Social.
La solicitud del pago se deberá realizar mediante el nuevo modelo 143, por cada deducción que corresponda.
La persona solicitante recibirá la transferencia bancaria, pero ojo, en el momento en que presente la solicitud deberá cumplir con los requisitos.
Fuente: CincoDias y Grupo 2000