Publicado en el Boletín oficial de Aragón de 26 de mayo de 2020:
- ORDEN ICD/407/2020, de 25 de mayo, por la que se modifica el porcentaje de aforo máximo de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el propio local, al amparo de lo dispuesto en la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Modificación del porcentaje de aforo previsto en el artículo 18.1 de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo quinto, apartado uno, de la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el propio local podrán proceder a su reapertura al público siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo.
(En Aragón pasamos del 40 al 50% de aforo en el interior del establecimiento de hostelería y restauración).
(FUENTE MAS PREVENCION)