- DECRETO de 3 de mayo de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto de 9 de abril de 2021, por el que se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma
Este Decreto entrará en vigor a las 00:00 horas del día 5 de mayo de 2021.
Modificación del Decreto de 9 de abril de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma.
Los ámbitos territoriales incluidos en el apartado 1 del artículo 3 quedan redactados de la siguiente manera:
«a) La Comunidad Autónoma de Aragón.
b) El municipio de Tarazona.
c) El municipio de Jaca.
d) El municipio de Calatayud.
e) La comarca de las Cinco Villas.
f) La comarca de Campo de Cariñena.
g) La comarca de Ribera Alta del Ebro.
h) La comarca de Valdejalón«.
- ORDEN SAN/432/2021, de 3 de mayo, por la que se establece el nivel de alerta sanitaria 3 agravado en el municipio de Calatayud y en las comarcas de la Ribera Alta del Ebro, Valdejalón y Campo de Cariñena y se restablece el nivel de alerta sanitaria 3 ordinario en el municipio de Fraga.
Esta Orden entrará en vigor a las 00:00 horas del día 5 de mayo de 2021.
Se establece el confinamiento perimetral del municipio de Calatayud y de las comarcas de Campo de Cariñena, Ribera Alta del Ebro y Valdejalón, y se elimina el confinamiento perimetral del municipio de Fraga.
Modificación de la Orden SAN/283/2021, de 6 de abril.
Se modifica el artículo segundo, Ámbito territorial de aplicación, cuya redacción queda del modo siguiente:
«La situación de nivel de alerta sanitaria 3 agravado y las medidas previstas en esta Orden resultan de aplicación en el territorio correspondiente a los municipios de Calatayud, Jaca y Tarazona y a las comarcas de Cinco Villas, Campo de Cariñena, Ribera Alta del Ebro y Valdejalón«.
Se prorroga por un mes la vigencia de la Orden SAN/283/2021, de 6 de abril, por la que se restablece el nivel de alerta sanitaria 3 agravado en ámbitos territoriales determinados de la comunidad autónoma y se aprueban modulaciones en relación con su aplicación.