Las empleadas del hogar tendrán derecho a percibir ya el paro como el resto de trabajadores. Ratificado ayer en el Congreso de los Diputados el convenio 189 de la OIT (Organización Internacional de Trabajadores), a partir de ahora, quedan ampliados los derechos de las empleadas del hogar, entre otros, la protección por desempleo.
Este jueves, dicha ratificación salía adelante con 341 votos a favor, ningún rechazo y una sola abstención. El convenio, que el Gobierno remitió a las Cortes hace poco más de dos meses, garantiza que los derechos de las empleadas del hogar disfruten de condiciones equitativas y no menos favorables que las condiciones aplicables al resto de las personas trabajadoras.
Situación actual
Actualmente, las trabajadoras domésticas, enmarcadas en un régimen específico de la Seguridad Social, no tienen derecho a prestación por desempleo, algo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó recientemente discriminatorio.
Ayer, y desde los grupos parlamentarios, se felicitaban por esta ratificación y pedían el desarrollo reglamentario necesario para garantizar su cumplimiento. «Es una cuestión de justicia y de dignidad», ha subrayado la diputada del PSOE María Dolores Narváez.
Al mismo tiempo, frente al Congreso de los Diputados, colectivos de trabajadoras del hogar y cuidados y el movimiento feminista celebraban «una victoria histórica».
Las trabajadoras deben ser informadas de sus condiciones de empleo con contrato escrito
Al ratificar el convenio, España deberá adoptar medidas a fin de asegurar que los trabajadores domésticos, como los demás trabajadores en general, disfruten de condiciones de empleo equitativas y condiciones de trabajo decente.
Asimismo, establece que las personas trabajadoras deberán ser informadas sobre las condiciones de empleo de forma adecuada, veraz y comprensible, priorizando el contrato escrito y regula la igualdad de trato con el resto de las personas trabajadoras en general en cuanto a descansos y vacaciones.
En cuanto a la remuneración, se estipula la percepción del salario como mínimo una vez al mes, limitando la remuneración en especie.